Según registros de la Corporación Nacional Indígena (Conadi) a nivel nacional, se han constituido a la fecha 3.213 comunidades y 1.843 asociaciones indígenas. La Ley Lafkenche vino a responder un vacío respecto a los pueblos originarios costeros en cuanto a su acceso a los recursos y la protección de sus usos consuetudinarios. De esta forma, distintos Pueblos Originarios podrán acceder a esta nueva figura, según sus ocupamientos ancestrales. El pueblo Mapuche, entre la octava y décima primera región, el pueblo Chango y diaguita por el norte. En cuanto al pueblo Kawésqar, la extensión se aplica desde el Golfo de Penas hasta el estrecho de Magallanes.
A diferencia de otros pueblos, los kawésqar y Yagan nos caracterizamos por ser grupos canoeros y nómades. La navegación se realizaba en canoas, al centro el fuego estaba encendido, se navega para subsistencia, todos y cada uno de los fiordos, canales e islas fueron recorridos por nuestros Taiwaselok hoyok (ancestros). Dichas formas ancestrales, el mundo y sus leyes modernas, se han vuelto ilegales e impracticables.
El viaje por el Kawésqar waes servía también para la enseñanza vía transmisión oral, de los adultos a los niños, señalándoles los nombres de los distintos lugares, la flora y la fauna, las técnicas de navegación, de caza, pesca y recolección. El territorio que recorrían comprendía dos grandes sectores, divididos de este a oeste: jáutok y málte, que eran ocupados según la caza pesca y recolección estacional. Jáutok es el nombre que dieron al área de los canales interiores, donde las aguas son más tranquilas; mientras que Málte era el nombre que recibía la costa exterior que da al Pacífico y al estrecho hoy de Magallanes.
Dicho esto, considerando el vasto territorio por el que se trasladaban nuestros ancestros y en el que nos trasladamos hoy, sobre el cual podemos reclamar legítimamente, amparados por la ley, usos y resguardo del mar, sería un error considerarlo excluyente de actividades como la pesca artesanal. Los kawésqar antiguos tenían una dieta principalmente basada en productos del mar, consumiendo carne de mamíferos marinos y terrestres peces y mariscos, complementándola con frutos, plantas y hongos silvestres.
La ley Lafkenche busca armonizar y compatibilizar los usos consuetudinarios del borde costero con otras actividades desarrolladas en las mismas áreas. En relación con la cosmovisión de los antiguos, actividades como la navegación, buceo, pesca, o en la actualidad la cinematografía, turismo e investigación, son compatibles con el maritorio. El objetivo finalmente es velar por la protección de los ecosistemas y mientras éstas actividades no turben el equilibrio natural de las aguas, aquello no serían impedimento alguno.
Esta visión del maritorio es frecuentemente tergiversada a través de discursos de desinformación que buscan enemistar a los pueblos Indígenas con otros rubros, con el fin de desinformar sobre las solicitudes de los Espacios Costeros Marinos de Pueblos Originarios (ECMPO), a fin de que sean rechazadas por las autoridades del Estado chileno. Ya se ha comentado en columnas anteriores el intenso lobby que existe detrás de las decisiones que se toman, distando mucho de estándares mínimos de transparencia y, muy por el contrario, estigmatizando y promoviendo discursos racistas y de odio en contra de los pueblos indígenas del territorio.
Los kawésqar no pedimos exclusividad, ni tampoco seremos propietarios de nada, sino el derecho a existir en nuestro maritorio sin tildarnos de obstáculos para el desarrollo. La Ley Lafkenche debiese ser vista como un puente, no una barrera, entre el de nuestros ancestros que navegaron por las aguas y el de un país que debe aprender a convivir sin borrar su memoria. Frente al lobby y la desinformación, solo queda seguir navegando con la verdad por delante, hasta que se haga material el derecho que nos asiste.
Comunidad Kawésqar Grupos Familiares Nómades del Mar
Semanas atrás tuvo lugar en Chile un histórico reconocimiento, como es la co-gobernanza entre comunidades indígenas, en este caso mapuches y organismos del estado para gestionar en forma conjunta un sector del Parque Nacional Villarrica.
Mientras en Argentina se pierden derechos indígenas, en Chile se otorga co-gobernanza Mapuche en un parque nacional (18 de diciembre, 2024 por Kay Pacha / Equipo Pueblos Originarios del SERPAJ) 7
Efectivamente, se firmó un convenio entre este parque y la Asociación de Comunidades Mapuche Winkulmapu de Kurarrewe, el CONAF, que es la Corporación Nacional Forestal y el Ministerio de Bienes Nacionales por el cual se creó un Consejo de Gobernanza y Gestión conjunta con comunidades indígenas para el sector Puesco Lanín del dicho Parque Nacional.
Mientras en Argentina se pierden derechos indígenas, en Chile se otorga co-gobernanza Mapuche en un parque nacional (18 de diciembre, 2024 por Kay Pacha / Equipo Pueblos Originarios del SERPAJ) 8
Esto es similar al sistema de co-manejo que hay entre la Confederación Mapuche de Neuquén y Parques Nacionales en el Parque Nacional Lanín.
Mientras en Argentina se pierden derechos indígenas, en Chile se otorga co-gobernanza Mapuche en un parque nacional (18 de diciembre, 2024 por Kay Pacha / Equipo Pueblos Originarios del SERPAJ) 9
De esta manera las comunidades mapuche tendrán una participación efectiva en la toma de decisiones referidas a la gestión de este sector del parque.
Mientras en Argentina se pierden derechos indígenas, en Chile se otorga co-gobernanza Mapuche en un parque nacional (18 de diciembre, 2024 por Kay Pacha / Equipo Pueblos Originarios del SERPAJ) 10
Cabe destacar que este convenio, como siempre, es el resultado de un proceso, que en este caso comenzó en 2017, cuando las comunidades mapuche decidieron ingresar al Parque para exigir sus derechos territoriales, porque anteriormente la restricción del acceso afectaba las prácticas y usos tradicionales del territorio, como ser la recolección del piñón.
El Parque Nacional Villarrica fue creado en 1940 y actualmente es uno de los más emblemáticos debido a su biodiversidad, sus paisajes volcánicos y su relevancia en la cultura mapuche.
Mientras en Argentina se pierden derechos indígenas, en Chile se otorga co-gobernanza Mapuche en un parque nacional (18 de diciembre, 2024 por Kay Pacha / Equipo Pueblos Originarios del SERPAJ) 11
Para explicarnos mejor todo este proceso vamos a escuchar el testimonio del hermano Simón Crisóstomo Loncopan, Inal Lonko del Lof Txankura y Presidente de la Asociación Mapuche Winkulmapu de Kurarewe, de Chile,
Mientras en Argentina se pierden derechos indígenas, en Chile se otorga co-gobernanza Mapuche en un parque nacional (18 de diciembre, 2024 por Kay Pacha / Equipo Pueblos Originarios del SERPAJ) 12
Tal como se venía amenazando, al final se derogó -a través del Decreto 1083- esta ley que fue sancionada a fines del 2006 y prorrogada varias veces. A pesar que se la consideraba de “emergencia” su prórroga se extendió por más de 15 años.
Otro artero ataque a los Pueblos Indígenas, se derogó la ley 26160 (14 de diciembre, 2024, par Kay Pacha / Equipo Pueblos Originarios del SERPAJ) 19
Y ahora, aún antes de asumir este gobierno, recordamos unas declaraciones de la vicepresidenta Villarruel en las que decía que esta ley no tendría que existir más.
Otro artero ataque a los Pueblos Indígenas, se derogó la ley 26160 (14 de diciembre, 2024, par Kay Pacha / Equipo Pueblos Originarios del SERPAJ) 20
Así que entre esto y los rumores que se venían escuchando, no nos llamó la atención esta medida, pero eso no quiere decir que no nos indigne y corrobore el odio y el racismo vigente contra las comunidades por parte de quienes están conduciendo los destinos de nuestro país. Es, como dicen muchxs hermanxs una campaña de genocidio y exterminio de los pueblos originarios.
Otro artero ataque a los Pueblos Indígenas, se derogó la ley 26160 (14 de diciembre, 2024, par Kay Pacha / Equipo Pueblos Originarios del SERPAJ) 21
Y claro, con esta medida, se habilita a que jueces o fiscales en complicidad con el poder de turno, con terratenientes que consiguieron títulos al menos en forma arbitraria o con poderosas empresas extractivas, avances sobre los territorios indígenas.
Otro artero ataque a los Pueblos Indígenas, se derogó la ley 26160 (14 de diciembre, 2024, par Kay Pacha / Equipo Pueblos Originarios del SERPAJ) 22
Pero bueno, esto nos obliga a estar más juntxs, a organizarnos mejor, a articular con distintas fuerzas para enfrentar la dura realidad que se avecina. Por eso en esta oportunidad nos pareció muy positivo difundir las palabras de Jorge Nahuel, histórico referente de la Confederación Mapuche de Neuquén en una entrevista que le hizo el hermano Oscar Moreno, a quien le agradecemos por aportarnos este muy interesante material.
Otro artero ataque a los Pueblos Indígenas, se derogó la ley 26160 (14 de diciembre, 2024, par Kay Pacha / Equipo Pueblos Originarios del SERPAJ) 23Otro artero ataque a los Pueblos Indígenas, se derogó la ley 26160 (14 de diciembre, 2024, par Kay Pacha / Equipo Pueblos Originarios del SERPAJ) 24
Desde la organización de abogados aseguran que el Decreto publicado en el Boletín Oficial no tiene la jerarquía para eliminar la suspensión de desalojos a pueblos originarios.
Crece el repudio a la decisión del gobierno de habilitar por DNU el desalojo de comunidades indígenas en todo el país. La medida pone fin a la suspensión de desalojos vigente por un decreto de 2021 y termina con la emergencia territorial indígena estableida por la Ley 26.160.
La Gremial de Abogados y Abogadas anticipó que pedirá la inconstitucionalidad de la medida que el gobierno publicó en el Boletín Oficial. El letrado integrante de esa organización, Luis Virgilio, explicó en Radio Encuentro que la declaración de emergencia “es un hecho, algo fáctico, una situación real”.
“Es el propio velo que tienen las comunidades de ser expulsadas de su territorio, que debe ser respetado por el artículo 75 de la Constitución Nacional y los tratados internacional que hemos incorporado a nuestra Constitución”, agregó. Es decir, “son derechos constitucionales los que se pretenden vulnerar con un decreto que es de inferior jerarquía”, continuó.
Este martes, el Gobierno nacional decretó el fin de la emergencia territorial indígena, derogando la Ley 26160 y sus prórrogas. Esta medida, formalizada a través del Decreto 1083/2024, pone en jaque la protección de las tierras tradicionalmente ocupadas por las Comunidades Indígenas de Argentina y da luz verde a los desalojos, priorizando los intereses privados y estatales sobre los derechos de los Pueblos Originarios.
El despojo legalizado: el Estado anula la Ley 26160 y deja a las comunidades indígenas sin protección (10 de diciembre, 2024, por TeleSISA) 27
Esta decisión representa un retroceso histórico en la lucha por el reconocimiento y la defensa de los territorios ancestrales. La Ley 26160, sancionada en 2006, surgió como respuesta a décadas de despojo, marginación y violencia hacia las Comunidades Indígenas. Su objetivo era suspender los desalojos y realizar un relevamiento territorial para garantizar la seguridad jurídica de los territorios. Sin embargo, el Estado nunca cumplió con esta obligación de manera integral, dejando a miles de comunidades en una situación de vulnerabilidad permanente.
El discurso oficial: deslegitimación y racismo estructural
El Gobierno justificó la derogación de la ley argumentando que generaba “inseguridad jurídica” y afectaba los derechos de “legítimos propietarios”. En los considerandos del decreto, se calificó a las comunidades como “fragmentadas”, acusándolas de hacer un “uso abusivo” de la normativa. Estas afirmaciones no solo deslegitiman los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas, sino que perpetúan narrativas racistas que criminalizan la lucha por la tierra.
Además, se subrayó un supuesto aumento en los conflictos territoriales, atribuyendo la responsabilidad a las comunidades indígenas sin mencionar el papel del extractivismo, las políticas neoliberales y la violencia estructural que han intensificado estos enfrentamientos. El discurso gubernamental invisibiliza las décadas de resistencia pacífica y organización de las comunidades frente a un sistema que prioriza los intereses empresariales y el saqueo de los recursos naturales.
La violencia del despojo: desalojos e impunidad
Con la derogación de la Ley 26160, se habilitan desalojos masivos que afectan no solo a las comunidades indígenas, sino también a sus modos de vida, cosmovisiones y la preservación del territorio como espacio de vida colectiva. Estos desalojos son, en esencia, una forma de violencia estatal que responde a los intereses del capital inmobiliario, la minería y el agronegocio.
Organizaciones indígenas y de derechos humanos han señalado que esta medida incrementará los conflictos sociales y profundizará la desigualdad estructural que afecta a los Pueblos Originarios. El derecho a la tierra no es solo una cuestión legal, sino una lucha por la autodeterminación y la supervivencia cultural en un contexto de colonización que persiste.
Una lucha que trasciende el decreto
La derogación de la Ley 26160 no silenciará las voces de las comunidades indígenas, que han enfrentado despojos, criminalización y genocidio desde la llegada de los colonizadores. Hoy más que nunca, se reafirma la necesidad de continuar luchando por el reconocimiento pleno de los territorios ancestrales, exigir al Estado el cumplimiento de los derechos consagrados en la Constitución Nacional y en los tratados internacionales, y denunciar las políticas que perpetúan la exclusión y el racismo estructural.
Desde los territorios, las comunidades resisten: porque la tierra no es solo un recurso, es vida, memoria y futuro.